Anuncio en el BORME

Publicación anuncio en el BORME

Para la publicación de anuncios notariales va a necesitar hacer un master, en cada organismo te solicitan una información y para cada trámite un medio de publicación.

Hace unos días ya os comentamos nuestra experiencia con la publicación de anuncios en el BOE mediante la plataforma electrónica, y ahora os queremos contar nuestro último periplo de publicación en el BORME.

No solemos hacer este tipo de publicaciones, por lo que tuvimos que empezar desde 0.

Si bien es cierto que la página del BORME está muy bien explicada y que si sigues las instrucciones nada debería ir mal, pero no fue así.

En primer lugar tienes que seleccionar si su inserción quieres realizarla con certificado digital o sin él, pues bien, nosotros queríamos hacerlo con certificado digital para evitarnos ir al banco y hacerlo todo electrónicamente. Esto no fue posible, ya que en primer lugar lo hizo el oficial para comprobar el recorrido que debía seguir el anuncio y los datos a aportar, y al entrar de nuevo con mi tarjeta digital no me daba esta opción, sino que entraba directamente a la elección del tipo de anuncio, por lo que (error mío) continué con su inserción sin caer en que lo estaba realizando sin certificado.

Una vez finalicé la inserción, me salieron los impresos 791 para acudir al banco o a la agencia tributaria y caí en mi error.

No hay problema, pues si no haces el ingreso en los siguientes 30 días el anuncio se borra, no es publicado (si no se paga no se publica) y aquí paz y después gloria. Por lo que empecé de nuevo ya sí, cerrando sesión “Sin certificado” y comenzando una nueva con el mío.

Hay que meterse en la página del BOE en la pestaña “Anuncios”, y posteriormente señalar “Publicar Anuncio”.

Como he comentado anteriormente, es importante fijarse en la esquina derecha superior en qué sesión estás, porque ahí pone si lo estás haciendo “Sin certificado” en tal caso, y si no es tu deseo hacerlo por este medio, lo primero que tienes que hacer es desconectar, y te saldrá esta pestaña, con instrucciones y los dos caminos antes nombrados:

-Sin certificado digital

-Con certificado digital

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Una vez que eliges la opción elegida, ya sigues los pasos: Poner anucio, eliges el tipo de anuncio…

El fallo lo tuvimos al finalizar el proceso, donde nos dejo firmar el anucio, pero al realizar el pago dejo de leer la tarjeta, con lo que se borraban todos los datos.

Se puede recuperar el anucio firmado, pero cada vez que lo intentaba mi tarjeta daba error, esto hace que pierda más tiempo que si directamente voy al banco, y así lo hicimos, sacamos los impresos del primer anuncio “Sin Certificado” que creamos, y los llevamos al banco para poder publicarlo y que nos dieran el codiciado NRC, sin el cual no hay anuncio, ni publicación que valga en el BORME.

Esto es para señarlar los problemas y perdidas de tiempo que muchas veces se nos presenta por intentar ahorrar el mismo, ya que los caminos que deberían ser más sencillos y cómodos (telemáticos) no hacen más que complicarnos y robarnos el tiempo que no habiamos empleado haciendolo por la vía tradicional.

 Eduardo C. Ballester Vázquez

NOTARIO

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