Arancel

 

El arancel es el medio por el que se retribuye la función notarial y el sistema con el que se financia la seguridad jurídica preventiva.

El coste de los documentos firmados ante notario son fijados mediante  un arancel establecido por el Real Decreto 1426/89 de 17 de noviembre, publicado el 28 de noviembre en el BOE.

Basarse en unos cánones fijos garantiza el acceso de todos los ciudadanos, con independencia de su renta, a los servicios de seguridad jurídica preventiva que prestan los notarios. Y cabe destacar que los aranceles españoles son los segundos más bajos de Europa, después de Portugal.

Los costes del otorgamiento de documentos ante notario pueden evitar el gasto de importe muy superior en daños sociales y económicos.

El notario está obligado a proporcionar al cliente una factura detallada de sus servicios y costes correspondientes, y el colegio notarial revisa de forma gratuita cualquier incidente o duda del cliente sobre su factura.

Desde el establecimiento del Real Decreto 1426/98 varias leyes prevén reducciones arancelarias en la intervención notarial:

Real Decreto 1612/2011

Real Decreto-Ley 6/2000

Instrucción del 22 de mayo de 2002

Real Decreto 2484/1996

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